El enfrentamiento entre dos Caballeros de Sierra
de Alcaraz y vecinos de Bienservida (1/10/1518)



       El suceso que transcribimos de las actas municipales de Alcaraz se desarrolla en el marco de los problemas territoriales entre la ciudad de Alcaraz y las villas de los Condes de Paredes que se dieron a lo largo del siglo XVI. Según el acta del diecinueve de octubre de 1518, el uno de octubre dos caballeros de sierra sorprenden, parece que de forma fortuita, a un vecino de Bienservida y su criado recolectando bellota (sacudiendo era el término usado en el siglo XVI) en tierras de Alcaraz y, al tratar de prenderlos, acuden en su defensa varios vecinos de Bienservida armados con lanzas y piedras evitando que sean prendidos:

"Francisco de Montiel e Francisco de Zamora Cavalleros de la Syerra que en un dia del mes de octubre fallaron a Francisco de Castilla e un grado suyo vezinos de Bienservida sacudieron villota en el rio el Carpio junto al Tobar e porque los quysieron prendar salyeron a ellos los susodichos e Francisco de Ornylla batanero e otros vezinos de Bienservida con lanzas e piedras e les defendieron la prenda."
      De esta forma, evitaron tener que rendir cuentas ante la justicia de Alcaraz, aunque, como indica Aurelio Pretel en PRETEL MARÍN, A (1977). La intervención de la ciudad de Alcaraz en la Guerra de las Comunidades. Al-Basit (4) 33-41., este hecho trajo consigo represalias por parte de Alcaraz.

      Se dice que el suceso se produjo en el río del Carpio, junto al Tobar. Este río el Carpio es el mismo río Turruchel, como se puede comprobar, por ejemplo, en sentencia fechada en 6 de mayo de 1483 relativa a la ocupación por Bienservida de tierras de Alcaraz donde se hace distinción entre el rio el Carpio y el de Turruchel, aunque se trata del mismo río que, aguas arriba, se llamaría El Carpio y más abajo pasaría a llamarse Turruchel:
“ Otrosy fallo que devo condenar e condeno a la dicha Bienseruida e vezinos e moradores della a que dexen libre e desenbargadamente a la dicha çibdad e su tierra todas las talas e arreturas que fazen e tyenen fechas en la Sierra Vieja de la dicha çibdad, e todo lo que tiene labrado en las veredas e abreuaderos del rio del Carpio. Mando al conçejo de la dicha Bienseruida que mas novse de la dicha dehesa del Françes e ensanchas, nin se entremetan a defender el dicho rio de Turruchel so pena de treinta mili marauedis, e a las personas que se fallaron vsar de las dichas talas e arreturas so pena de diez mill marauedis para los muros de la dicha çibdad de Alcaraz, e demás que los dichos caualleros e arrendadores de la dicha çibdad los puedan prendar segund que lo han de fuero e de vso e de costunbre.“

Acta de 19-10-1518. Archivo municipal de Alcaraz.
Acta de 19-10-1518, donde se recoge testimonio del suceso.
Archivo municipal de Alcaraz.


      Los caballeros de sierra, encargados de la vigilancia del cumplimiento de las ordenanzas de protección de las tierras del alfoz de Alcaraz, sólo podían tomar prendas (pruebas) en caso de ser enviados por el Concejo o por detectar infracciones de forma casual en sus tareas de vigilancia, como sería el caso del suceso que tratamos.

      La infracción cometida por estos vecinos de Bienservida consistiría en la recolección de bellota en tierras de Alcaraz, sin estar permitida. Esta infracción venía siendo recogida en las ordenanzas de caballería de la ciudad desde antiguo, como se señala en la Ordenanza de Caballería de 10/1/1521, en la que se dice que :

“en el libro de las hordenanças questa dicha çivdad tiene avia vn titulo de hordenanças de la cavalleria que determinan sobre las cortas e fuegos e saqudir de bellota e otras muchas cosas que tenian rrespecto a el vien e conseruaçion de todos sus terminos y sierras e montes”


LOS PROBLEMAS TERRITORIALES ENTRE ALCARAZ Y LOS CONDES DE PAREDES

      Para poner en contexto este incidente, es necesario conocer la situación en que en aquel momento se encontraban los vecinos de Bienservida, consecuencia de la donación de la población por Juan II al que sería primer Conde de Paredes, casi cien años antes.

      Durante el siglo XV la Reconquista había avanzado hacia el sur con la ayuda de tropas al servicio de nobles y órdenes militares a los reyes cristianos, ya que no existía un ejército permanente dependiente del rey. Estos servicios normalmente se remuneraban con la concesión de territorios y villas.

      Uno de estos nobles, Don Rodrigo Manrique, que posteriormente sería nombrado primer Conde de Paredes, en una incursión en el Reino de Granada en 1434 conquistó Huéscar a los musulmanes. En recompensa por estos servicios, en 1436 Juan II donó “para siempre jamas” a Don Rodrigo Manrique, mediante Carta de Privilegio confirmada en 1437, los lugares de Matilla (Bienservida), Cenilla (Villapalacios), El Pozo (Villaverde), Robledillo (Villarrobledo) y Balazot (Balazote), que entonces pertenecían al alfoz de Alcaraz.

Portada de la edición de la Crónica de Juan II (Sevilla, 1543)
Portada de la edición de la Crónica de Juan II (Sevilla, 1543)
De https://es.wikipedia.org/wiki/Juan_II_de_Castilla#/media/Archivo:Cr%C3%B3nica_de_Juan_II.jpeg


      Posteriormente Don Rodrigo, cedió Bienservida a un caballero y criado suyo, Alfonso de Torres, el cual, vendió la villa a Don Pedro Manrique, segundo Conde de Paredes, y a Doña Leonor de Acuña en 1468 por 600.000 maravedíes.

      La ciudad de Alcaraz consideraba que la jurisdicción de los Condes de Paredes se concretaba en los cascos urbanos de las villas, de forma que incluso las tierras en los alrededores de Bienservida, ya eran jurisdicción de Alcaraz y no de los Condes. En diversos documentos de la época se dice que la jurisdicción de los Paredes en estas villas se establecía “de tejas adentro e non mas”, por ejemplo en un Pleito de 1506 de Alcaraz con el Conde de Paredes sobre esta disputa. En él, la Ciudad de Alcaraz alegaba la no existencia de mojones que delimitasen esos términos para justificar su demanda.

      En sentencia de 1513 dada por el Consejo Real, se reconoció la jurisdicción civil y criminal de Don Rodrigo Manrique en las villas y en sus términos decimales, solamente hasta donde se encontraban “puestas y fincadas las horcas en las dichas villas”. Sin embargo, se establecía que Alcaraz podía poner Caballeros de Sierra para que prendieran en todos sus términos decimales y que las prendas que tomasen pudieran llevar a los vecinos de dichas villas a responder ante el corregidor de Alcaraz y que fuera la justicia de la ciudad la que juzgase y sentenciase dichas prendas conforme a sus ordenanzas. Por término decimal se entiende el término parroquial, es decir el territorio en que la parroquia cobraba diezmos.

      Esta pugna de las villas por lograr tener un término era interpretado por Alcaraz como una pérdida de poder no sólo jurisdiccional sino también económico, al perder las rentas que estas villas generaban.

Jorge Manrique, hijo de Rodrigo Manrique, primer Conde de Paredes
Estancia del Castillo de Segura de la Sierra donde se representa a Jorge Manrique
escribiendo las Coplas a la muerte de su padre,
Don Rodrigo Manrique, primer Conde de Paredes.



LA PROTECCION DE MONTES Y SIERRAS

      Además, a principios del siglo XVI existía en Alcaraz una gran preocupación por la destrucción de los bosques y de los recursos naturales de toda su tierra. Esta destrucción tenía dos causas fundamentales, como eran, por un lado los pastores al cortar leña para encender fuego, y por otro la actividad de herreros y carboneros, los que para desarrollar su actividad económica necesitaban gran cantidad de leña. De una forma menos significativa, también era causa de esta destrucción la roturación de tierras para su cultivo.

      Por este motivo, se elaboraron ordenanzas como la de Caballería de la Sierra que recogían una serie de normas para la protección de los montes y sierras. Los Caballeros de Sierra se encargaban de la vigilancia de las tierras del alfoz de Alcaraz y también de los términos de las villas del Conde de Paredes, particularmente sierras y montes, verificando el cumplimiento de dichas ordenanzas.

      Estos caballeros de sierra eran nombrados anualmente por el concejo entre los vecinos de la ciudad de Alcaraz. Entre sus principales funciones estaban vigilar la corta de árboles, las roturaciones, la recolección de frutos como bellota, caza, pesca, ganadería, colmenas, etc. Las infracciones debían ser presentadas ante la justicia en no más de tres días, ya hubiesen sido cometidas por vecinos o por forasteros. Estos caballeros, con el fin de estimular el celo en el desempeño de sus funciones, cobraban una parte de las multas que imponían en su actividad.

Cauce alto del río del Carpio, en la zona del Nacimiento
Cauce alto del río del Carpio, en la zona del Nacimiento



OTROS INCIDENTES

      Sucesos como el de Bienservida de 1518, derivados del conflicto territorial entre la Ciudad de Alcaraz y las Villas de los Condes de Paredes, fueron habituales durante mucho tiempo.

      Es sabida, por ejemplo, la muerte de un guarda de Alcaraz a manos del Hermano Francisco de Villapalacios hacia 1567, cuando fue sorprendido cortando leña, lo que, dependiendo de la forma en que se hiciese, podía estar prohibido por las Ordenanzas de Caballería de la Sierra (la ley VI de la Ordenanza de 1521 prohibía cortar ramas a menos de 40 pasos del hato, bajo multa de entre 100 y 600 maravedíes, dependiendo de la clase de árbol, cuando era la primera vez que se denunciaba). Al tratar de arrebatarle la prenda (prueba), el guarda resultó muerto (Más información en http://www.historiadevillapalacios.es/03.2.perhermanofrancisco.htm).

      También es conocido el incidente de 1520 en Riópar donde fue agredido un ciudadano de Alcaraz por justicias de la villa, lo que provocó el envío de una carta de protesta de la Ciudad al Conde de Paredes (PRETEL MARÍN, A (1977). La intervención de la ciudad de Alcaraz en la Guerra de las Comunidades. Al-Basit (4) 33-41).


CONCLUSIÓN

      Todas estas fricciones, tiene su origen en la interpretación que la Ciudad de Alcaraz hace de la donación de las villas de por Juan II al primer Conde de Paredes. La donación se hace exclusivamente de las villas, situadas en tierras de Alcaraz, por lo que las éstas no tienen términos que las rodeen y durante décadas esto da lugar a litigios en los que Alcaraz no quiere renunciar a su poder jurisdiccional y económico sobre las tierras de su alfoz. La presencia de los Caballeros de Sierra en los alrededores de las villas del Conde es una muestra más de su interés por mostrar su poder a los vecinos y al propio Conde.


BIBLIOGRAFÍA

Actas del Archivo Municipal de Alcaraz. Acta del 16 de octubre de 1518. Biblioteca digital “Tomás Navarro Tomás” del Instituto de Estudios Albacetenses “Don Juan Manuel”.
CANO VALERO, J.: “La “policía rural” castellana en el siglo XVI: la caballería de la Sierra de Las Peñas de San Pedro (Albacete)”, I Congreso de Historia de Castilla-La Mancha, VII, Toledo, 1988, pp. 165-171.
GARCÍA DÍAZ, I.: Agricultura, ganadería y bosque. La explotación económica de la Tierra de Alcaraz (1475-1530), Instituto de Estudios Albacetenses, Serie I –Ensayos Históricos y Científicos-. nº 30, Albacete, 1987.
LOSA SERRANO, P.: El señorío de las “cinco villas”de la sierra de Alcaraz. Siglos XV- XIX. Albacete, 1988.
PRETEL MARÍN, A (1977). La intervención de la ciudad de Alcaraz en la Guerra de las Comunidades. Al-Basit (4) 33-41.
PRETEL MARÍN, A. (2004): “Despoblados y pueblas medievales en las sierras de Riópar, El Pozo y Alcaraz”, en Homenaje a Miguel Rodríguez Llopis, Albacete, Instituto de Estudios Albacetenses, 233-282.
http://www.historiadevillapalacios.es/03.2.perhermanofrancisco.htm - Web de José Ángel Montañés sobre historia de Villapalacios

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